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LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

Segunda Oportunidad: Libérite de tus Deudas

Es el mecanismo que permite a las personas físicas, autónomos y pequeños empresarios a tener la oportunidad de renegociar el pago de su deuda y de poder recurrir a su cancelación.

¿QUIEN SE PUEDE ACOGER A ESTA LEY?
La Ley establece una serie de requisitos para que el deudor pueda acogerse a sus beneficios:
·No deben existir antecedentes penales por delitos económicos.
·Actuar de buena fe.
·La deuda debe ser inferior a cinco millones de Euros.

PROCEDIMIENTO
La Ley establece un primer procedimiento, denominado ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS, donde el deudor y los acreedores deberán intentar alcanzar una refinanciación de la deuda. Estos acuerdos nunca pueden ser superiores a diez años y la cuantía de la reducción dependerá de las posibilidades reales del deudor para su pago.
En caso de no llegarse a un acuerdo se inicia el Concurso de Acreedores donde se podrá solicitar la exoneración de las deudas.

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CONCURSO DE ACREEDORES

¿QUÉ ES EL CONCURSO DE ACREEDORES?

Es el procedimiento al que debe acogerse una empresa y personas físicas cuando se encuentra en una situación de insolvencia al no poder hacer frente a la totalidad de los pagos que adeuda, siendo obligatorio en ese momento solicitar la declaración de concurso.

OBJETIVO EMPRESARIAL
Con el Concurso de Acreedores se puede salvar la continuidad de una empresa y conseguir que siga funcionando, en el caso de tener que llegar a la liquidación, esta se hace de forma ordenada posibilitando el inicio de una nueva etapa.

NUESTROS SERVICIOS
Es necesaria la intervención de profesionales para conseguir la mejor solución y evitar los perjuicios que pueden generarse incluso contra su patrimonio personal.
Como especialistas en concursos de acreedores estamos habituados a defender los intereses tanto del concursado como de los acreedores, conocemos los trámites y las mejores soluciones para defender sus intereses en el concurso.